Resumen
Las prácticas conscientemente paralelas son un tema central en el derecho de la competencia colombiano. En América Latina no hay ninguna autoridad que haya proferido tantas decisiones en relación con este tipo de acuerdo anticompetitivo como lo ha hecho la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). A pesar de que la autoridad de competencia ha decantado el concepto del paralelismo consciente y ha delimitado el estándar de prueba de esta modalidad de acuerdo, aún existen dudas sobre su tratamiento en Colombia debido a la jurisprudencia del Consejo de Estado. Esta alta corte ha establecido en sus sentencias una subregla según la cual el mero paralelismo de precios sería prueba suficiente de un cartel. Dicha posición choca con la teoría microeconómica convencional según la cual la similitud de precios entre dos o más empresas no necesariamente es consecuencia de un acuerdo ilegal. También contrasta con la doctrina de la SIC, que desde hace dieciocho años ha mantenido que el mero paralelismo no es suficiente para probar la existencia de un cartel. Este escrito estudia el paralelismo consciente en el derecho de la competencia a nivel comparado e incluye las principales jurisdicciones de América Latina, Estados Unidos y la Unión Europea. Palabras clave: carteles, colusión tácita, práctica conscientemente paralela, paralelismo consciente, paralelismo de precios, prácticas concertadas.
Idioma original | Español (Colombia) |
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Título de la publicación alojada | Estudios en Derecho de la Competencia |
Editores | Ingrid Ortiz |
Lugar de publicación | Bogotá |
Capítulo | 1 |
Páginas | 17-76 |
Número de páginas | 60 |
Volumen | 1 |
Edición | 1 |
Estado | Publicada - jul. 2022 |