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46-E Circunstancia general agravante cualificada por abuso de parentesco

Producción científica: Capítulo en Libro/Informe › Capítulo › Divulgación

Resumen

“La pena es aumentada hasta en un tercio por encima del máximo legal fijado para el delito
cuando el agente se haya aprovechado de su calidad de ascendiente o descendiente, natural o
adoptivo, padrastro o madrastra, cónyuge o conviviente de la víctima. En este caso, la pena
privativa de libertad no puede exceder los treinta y cinco años, salvo que el delito se encuentre
reprimido con pena privativa de libertad indeterminada, en cuyo caso se aplica esta última.
La agravante prevista en el primer párrafo es inaplicable cuando esté establecida como tal
en la ley penal”.
Idioma originalEspañol (Colombia)
Título de la publicación alojadaComentarios al Código Penal peruano. Parte general - Tomo II
Lugar de publicaciónPerú
EditorialGaceta Juridica S.A.
Páginas857-866
Número de páginas10
ISBN (versión impresa)978-612-311-659-0, 978-612-311-657-6
EstadoPublicada - nov 2019

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  1. ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos
    ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos

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